domingo, agosto 31, 2025

Nuevo caso de derecho al olvido en Canada

Fuente del caso

https://www.priv.gc.ca/en/opc-actions-and-decisions/investigations/investigations-into-businesses/2025/pipeda-2025-002/

El Derecho al Olvido Digital: Cuando Google Debe Eliminar Resultados de Búsqueda

El Comisionado de Privacidad de Canadá acaba de emitir una resolución histórica que podría cambiar fundamentalmente cómo funcionan los motores de búsqueda en el país. En el caso PIPEDA 2025-002, la autoridad canadiense determinó que Google debe eliminar ciertos artículos periodísticos de los resultados de búsqueda cuando se busca el nombre de una persona específica, estableciendo un precedente importante para el llamado "derecho al olvido digital" en Canadá.

La controversia comenzó en 2017 cuando una persona presentó una queja contra Google, alegando que el motor de búsqueda violaba la Ley de Protección de Información Personal y Documentos Electrónicos (PIPEDA) al mostrar artículos periodísticos sobre su arresto por no revelar su estado de VIH a una pareja sexual. Aunque los cargos fueron retirados poco después de ser presentados porque las autoridades de salud pública confirmaron que la persona no representaba un riesgo actual, los artículos seguían apareciendo prominentemente cuando se buscaba su nombre, causándole daños graves incluyendo agresiones físicas, discriminación laboral y estigma social severo.

La investigación del Comisionado reveló información extremadamente sensible en los resultados de búsqueda: la orientación sexual del demandante, sus actividades sexuales, su estado de VIH y el hecho de haber sido acusado de un delito. Esta información, según determinó la autoridad, ha causado daños significativos que van desde violencia física hasta pérdida de oportunidades de empleo. El caso es particularmente relevante considerando que tanto el gobierno federal como varios provinciales han emitido directivas desde 2017 indicando que no se deben presentar cargos por no revelar el VIH cuando no existe una posibilidad realista de transmisión.

Google desafió desde el inicio la jurisdicción del Comisionado para investigar el caso, argumentando que su motor de búsqueda no constituía una actividad comercial bajo PIPEDA y que estaba exento por realizar actividades periodísticas. Sin embargo, tanto la Corte Federal como la Corte Federal de Apelaciones confirmaron que PIPEDA sí se aplica al servicio de búsqueda de Google. La Corte Federal determinó que existe un "intercambio real" entre Google y los usuarios, quienes proporcionan información personal (ubicación, preferencias, intereses) que luego se utiliza con fines de lucro a cambio de resultados de búsqueda.

El análisis del Comisionado se centró en dos aspectos principales: si Google cumplía con los requisitos de precisión de la información y si la divulgación continua de estos artículos constituía un propósito apropiado bajo la ley. Respecto a la precisión, la autoridad determinó que las responsabilidades de Google se limitan a asegurar que los resultados de búsqueda reflejen con precisión el contenido de los artículos vinculados, no el contenido subyacente de esos artículos. En este aspecto, Google no violó la ley.

Sin embargo, en cuanto al propósito apropiado, el Comisionado aplicó un marco de evaluación que balancea el daño significativo al demandante contra el interés público en mantener accesibles los artículos a través de búsquedas por nombre. La autoridad consideró varios factores: que el demandante no es una figura pública, que la información se refiere a su vida privada y no profesional, que los cargos fueron retirados tempranamente por el fiscal, que muchos artículos no reflejan que los cargos fueron retirados, y que ha pasado mucho tiempo desde la publicación.

El caso también involucra consideraciones constitucionales importantes. Google argumentó que requerir la eliminación de artículos periodísticos legalmente publicados violaría la libertad de expresión protegida por la Carta Canadiense de Derechos y Libertades. El Comisionado reconoció estas preocupaciones pero determinó que los daños significativos a la seguridad y dignidad del demandante superan el interés público limitado en mantener estos artículos accesibles específicamente a través de búsquedas por su nombre.

La resolución estableció que eliminar los artículos de los resultados de búsqueda por nombre (pero mantenerlos accesibles por otros términos de búsqueda) representa un equilibrio apropiado entre los derechos de privacidad protegidos por PIPEDA y los valores igualmente importantes protegidos por la libertad de expresión. Los artículos permanecerían disponibles en internet y podrían encontrarse usando otros términos de búsqueda; solo se eliminaría la conexión entre el nombre del demandante y estos artículos específicos.

Google rechazó implementar la recomendación del Comisionado, argumentando que las cortes deben determinar si PIPEDA incluye un derecho a la eliminación de resultados de búsqueda, bajo qué circunstancias podría invocarse tal derecho, y si esto infringiría la Carta de Derechos. Esta posición deja el caso sin resolver, aunque el Comisionado determinó que la queja era fundamentada.

Esta decisión marca un momento crucial en el desarrollo del derecho a la privacidad digital en Canadá. A diferencia de Europa, donde el "derecho al olvido" está bien establecido desde 2014 y ha resultado en la eliminación de más de tres millones de páginas web de los resultados de búsqueda de Google, Canadá había carecido de precedentes claros en esta área. El caso sugiere que las autoridades canadienses están dispuestas a requerir que los motores de búsqueda eliminen contenido cuando el daño individual supera significativamente el interés público, especialmente cuando involucra información altamente sensible sobre salud, sexualidad y identidad.

Las implicaciones van más allá de este caso específico. El Comisionado alentó a Google a revisar su política de eliminación para asegurar el cumplimiento con PIPEDA y a considerar solicitudes futuras de eliminación siguiendo la guía proporcionada en este reporte. Esto podría abrir la puerta a más solicitudes de eliminación de resultados de búsqueda en Canadá, estableciendo un equilibrio entre la libertad de información y el derecho fundamental a la privacidad y dignidad personal en la era digital.