jueves, abril 02, 2020

Ley de Telemedicina de Uruguay


Ley Nº 19.869
TELEMEDICINA
NORMAS PARA SU IMPLEMENTACIÓN COMO PRESTACIÓN DE SERVICIO DE SALUD
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1º.- La presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina como prestación de los servicios de salud, a fin de mejorar su eficiencia, calidad e incrementar su cobertura mediante el uso de tecnologías de la información y de la comunicación.