MINISTERIO DE SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL
Disposición 655/2020
Que la Ley de Ministerios (T.O Decreto N° 438/92) y sus modificatorias asigna al MINISTERIO DE SEGURIDAD la competencia de entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia; ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la citada ley, también faculta al MINISTERIO DE SEGURIDAD a entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así como para la prevención del delito.
Que el Anexo II del Decreto N° 50, del 19 de diciembre de 2019, establece que la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL deberá desarrollar y planificar actividades de investigación de delitos complejos, con especial atención entre otros a los ciberdelitos y delitos informáticos. Asimismo, deberá coordinar la aplicación de políticas, estrategias y acciones para la prevención y conjuración de los delitos federales con las áreas competentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y de otras dependencias y con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindando asistencia técnica y generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.
Que mediante la Resolución N° 977 del 30 de octubre de 2019 se aprobó el “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS TECNOLÓGICOS Y CIBERDELITOS (2019 - 2023)”, con el fin de trazar un curso de acción tendiente a la protección de los ciudadanos y la articulación de una respuesta federal efectiva, contra los cibercriminales.
Que la mentada Resolución estableció que la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DEL CIBERDELITO, de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES, debía entender en el desarrollo y coordinación del “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS TECNOLÓGICOS Y CIBERDELITOS”, diseñando los lineamientos y supervisando la implementación del mismo.
Que, acorde a los lineamientos establecidos en el mencionado Plan Federal, la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DEL CIBERDELITO debía crear una COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO con carácter “Ad-Honorem” para el acompañamiento y seguimiento de la implementación de las iniciativas incorporadas al Plan Federal.
Que la lucha contra los ciberdelitos y delitos tecnológicos debe ser abordada desde una mirada interdisciplinaria e integral para la efectiva coordinación y la generación de políticas de estado sustentable en el tiempo. Para ello, es fundamental el fortalecimiento de los conocimientos y el aumento de los aportes, tanto tecnológicos como metodológicos, a través de la conformación de grupos de especialistas en diferentes aspectos y problemáticas del ciberespacio que coadyuven a construir y ampliar la superficie de atención y monitoreo de posibles incidentes, así como el tratamiento de nuevas metodologías de investigación.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria adicional al ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/2019.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. – Créase en el ámbito de la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DEL CIBERDELITO la COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO, para el seguimiento de la implementación de las iniciativas incorporadas al “PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS TECNOLÓGICOS Y CIBERDELITOS (2019 – 2023)”.
ARTÍCULO 2°. - Apruébense las acciones de la COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO establecidos en el ANEXO (DI-2020-49139866-APN-SSICYCJ#MSG), que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTICULO 3°. - La COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO será coordinada y presidida por la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DEL CIBERDELITO y, se reunirá periódicamente cada DOS (2) meses, pudiendo ser en menor tiempo de asi ser propuesto por la presidencia de la COMISIÓN.
ARTICULO 4°. - La conformación de los miembros de la COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO será establecida por la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL. Asimismo, y de considerarlo pertinente, podrán ser invitados a participar de la Comisión, en condición de miembros, a expertos con reconocida trayectoria y prestigio en las tecnologías de prevención e investigación que sirvan para optimizar la lucha contra los delitos tecnológicos y los ciberdelitos.
ARTICULO 5°. - Todas las designaciones de los integrantes de la COMISIÓN ASESORA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL CIBERDELITO tendrán carácter “Ad-Honorem”.
ARTÍCULO 6°. - La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Valentina María Novick
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/08/2020 N° 30780/20 v. 06/08/2020
Fecha de publicación 06/08/2020