¿Qué debe tener como mínimo el texto legal que reemplace a la ley 25.326?
- cumplir con estándares internacionales (los institutos principales del RGPD).
- incardinarse en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.
- respetar tratados como ser Convención del Ciberdelito, Convenio 108 y su protocolo y Convenio 108 +.
- normativa del Mercosur sobre datos personales.
- Fomentar el comercio electrónico, la innovación,
- la leyes de protección de datos no sirven para inmovilizar datos o generar empleo local.
- No solo de debe cumplir con estándares como el GDPR sino también con la directiva relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales. En esto Argentina y América Latina tienen mucho que hacer.